28 Feb 2018
La facturación electrónica se ha transformado en una pieza clave para
la modernización de los negocios. A partir de este año, todas las nuevas
empresas que se formen deben empezar a facturar electrónicamente; además, existen
4 grupos de obligados con fechas límite para implementar el sistema: uno ya
empezó en enero, otros deberán empezar en mayo, agosto y noviembre
respectivamente.
En el 2017, la SUNAT publicó un informe sobre la validez de
los comprobantes de pago físicos que emita una empresas que esté obligada a
emitirlos electrónicamente, precisando además sobre las sanciones para el
emisor por emitir un comprobante no válido, las cuales son el pago de una multa (hasta el 60% de
una UIT) o cierre, y se da de manera progresiva, según la infracción y el
tamaño de la empresa. La primera vez que haya una infracción puede ser hasta el
30% de una UIT, la segunda vez son 2 dias de cierre, la tercera son 4 días de
cierre y la cuarta vez o más son 10 días de cierre.
Verónica Velazco, jefa de Efact Sistema Integrado, producto
que brinda Efact, Operador de Servicios Electrónicos (OSE) y Proveedor de
Servicios Electrónicos (PSE) autorizado por la SUNAT, comentó lo que debemos tener en cuenta para
no caer en las sanciones:
1. Empresas obligadas: la SUNAT ha puesto a
disposición de los contribuyentes una herramienta para verificar la
lista completa de empresas obligadas a ser emisores electrónicos. Si la empresa
está obligada y aún no realiza la migración al sistema electrónico recomienda contactar con un proveedor autorizado. Si aún no está
obligada, recomienda que ingresen al sistema de manera voluntaria y anticipada,
ya que es parte del plan del ente regulador que todas las empresas lo sean.
2.
Proveedor
autorizado: se debe considerar que el proveedor ofrezca una solución
capaz de llegar y atender a todos, tanto emisor como adquiriente. Además, que
ofrezca productos a la medida de cada empresa y de las necesidades que tengan;
que no obliguen a gastar en equipos adicionales, y que dé soporte para
que la implementación de la facturación sea segura y sencilla.
3.
Evitar
los comprobantes de pago impresos: si una empresa designada como emisor
electrónico emite un comprobante de pago físico en lugar de emitir electrónicamente,
el documento no tendrá validez, salvo que el incumplimiento se origine en un
evento no imputable al contribuyente. Por dicha razón, el adquiriente no podrá hacer uso de
dicho comprobante como sustento fiscal.